1. La persona menor de edad
deberá acudir personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de
Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con tinta negra, a mano
y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario, obteniéndola de forma
gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o
Municipal con la SRE.
3. Acreditar la nacionalidad
mexicana mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos en original
y copia*:
a) Copia certificada del acta de
nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano. El registro de
nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro del primer año de vida),
si rebasa la temporalidad, vea el apartado “Documentación complementaria para
actas de nacimiento con registro extemporáneo”;
b) Copia certificada del acta de
nacimiento expedida por las oficinas consulares; y
c) Carta de Naturalización.
* La copia fotostática debe ser
tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero)
y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño del
documento no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
4. Acreditar identidad
presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales
con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento
con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de
edad:
a) Certificado escolar de
educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía
cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada incorporada
a la Secretaría de Educación Pública;
b) Constancia del grado de
estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar,
primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada
con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de
quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada
incorporada a la Secretaría de Educación Pública. La constancia del grado de
estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su
expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de guarderías;

c) Credencial escolar vigente, a
partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la
cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que
incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea
otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría
de Educación Pública. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser
aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No serán aceptadas
credenciales de maternales ni de guarderías;
d) Credencial de servicios
médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía
cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en
formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la
fotografía (nota: las cartillas de vacunación y los carnets de cita no se
aceptan como documentos oficiales para acreditar identidad);
e) Cédula de Identidad Personal;
f) Certificado de Matrícula
Consular de alta seguridad;
g) Carta de naturalización;
h) Credencial Nacional para
Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia
(DIF); y
i) Exclusivamente para personas
menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en
los incisos a) a h), podrá entregar constancia del médico familiar, que atendió
el parto o del pediatra en hoja membretada que contenga número de la cédula
profesional, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del
menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico
sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y
legible de su cédula profesional. La constancia deberá hacerse válida dentro de
los 90 días naturales a partir de su expedición.
* La copia fotostática debe ser
tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño
de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
5. Comparecencia de los padres,
quien ejerza patria potestad o tutela presentando original y copia* de alguno
de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del
titular, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el
que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:
a. Pasaporte mexicano;
b. Cédula de Identidad Ciudadana
expedida por la Secretaría de Gobernación;
c. Certificado de Matrícula
Consular de alta seguridad;

d. Carta de naturalización;
e. Certificado de nacionalidad
mexicana.;
f. Declaratoria de nacionalidad
mexicana por nacimiento;
g. Credencial para votar expedida
por el Instituto Federal Electoral;
h. Cartilla de Identidad del
Servicio Militar Nacional Liberada;
i. Cédula Profesional;
j. Título Profesional;
k. Carta de pasante;
l. Credencial expedida por el
Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;
m. Para el caso de extranjeros se
aceptan como medios de identificación los siguientes documentos;
-. Pasaporte extranjero o;
-. Tarjeta de residente expedida
por el Instituto Nacional de Migración o;
-. Tarjeta de visitante expedida
por el Instituto Nacional de Migración;
n. Credencial de servicios
médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía
cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la
expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún
cuando el sello no cancele la fotografía;
ñ. Credencial para jubilados o
pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada
con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide, En caso de credenciales
en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la
fotografía; y
o. Credencial Nacional para
Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia
(DIF).
* La copia fotostática debe ser
tamaño carta, en blanco/negro, legible y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño
de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
6. Entregar dos fotografías
tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color con fondo
blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la solicitud de
expedición de pasaporte.
7. Entregar el comprobante del
pago de derechos en original y copia tamaño carta, legible, en blanco/negro y
será aceptada, en su caso, con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el
mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)
Información adicional
Todos los documentos que se
entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles y encontrarse en
buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración
que impida tener certeza jurídica de su validez.
Cuando existan inconsistencias o
irregularidades en la documentación o información presentadas, la Secretaría de
Relaciones Exteriores está facultada para verificar su autenticidad ante la
autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente
su nacionalidad e identidad.
La verificación ante la autoridad
emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada autoridad, por lo que la
expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que ocupe este proceso.
Sugerencias
• Denuncie a quien le solicite
dádivas por el servicio que ofrece la Secretaría de Relaciones Exteriores de
manera gratuita, incluida la cita.
• Proteja la seguridad e
identidad de la persona menor de edad, haga su trámite sin intermediarios.
Última actualización el
Miércoles, 10 de Abril de 2013 11:22