Requisitos para tramitar el Pasaporte Mexicano | Menores de Edad

1. La persona menor de edad deberá acudir personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.

2. Llenar con tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario, obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.

3. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos en original y copia*:

a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano. El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro del primer año de vida), si rebasa la temporalidad, vea el apartado “Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”;

b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares; y

c) Carta de Naturalización.

* La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño del documento no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.

4. Acreditar identidad presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a) Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública;

b) Constancia del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de guarderías;

c) Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No serán aceptadas credenciales de maternales ni de guarderías;

d) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía (nota: las cartillas de vacunación y los carnets de cita no se aceptan como documentos oficiales para acreditar identidad);

e) Cédula de Identidad Personal;

f) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

g) Carta de naturalización;

h) Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF); y

i) Exclusivamente para personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en los incisos a) a h), podrá entregar constancia del médico familiar, que atendió el parto o del pediatra en hoja membretada que contenga número de la cédula profesional, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional. La constancia deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.

* La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.

5. Comparecencia de los padres, quien ejerza patria potestad o tutela presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Pasaporte mexicano;

b. Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;

c. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

d. Carta de naturalización;

e. Certificado de nacionalidad mexicana.;

f. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

g. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;

h. Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;

i. Cédula Profesional;

j. Título Profesional;

k. Carta de pasante;

l. Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;

m. Para el caso de extranjeros se aceptan como medios de identificación los siguientes documentos;

-. Pasaporte extranjero o;

-. Tarjeta de residente expedida por el Instituto Nacional de Migración o;

-. Tarjeta de visitante expedida por el Instituto Nacional de Migración;

n. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

ñ. Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide, En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía; y

o. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).

* La copia fotostática debe ser tamaño carta, en blanco/negro, legible y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.

6. Entregar dos fotografías tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la solicitud de expedición de pasaporte.

7. Entregar el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada, en su caso, con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)

Información adicional

Todos los documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.

Cuando existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

La verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que ocupe este proceso.

Sugerencias

• Denuncie a quien le solicite dádivas por el servicio que ofrece la Secretaría de Relaciones Exteriores de manera gratuita, incluida la cita.

• Proteja la seguridad e identidad de la persona menor de edad, haga su trámite sin intermediarios.

Última actualización el Miércoles, 10 de Abril de 2013 11:22